AYUDA AL NACIMIENTO EN RASCAFRÍA
El Ayuntamiento de Rascafría ha actualizado y reforzado la Ayuda al Nacimiento con el objetivo de adaptarla a la realidad social, económica y demográfica actual del municipio.
Esta actuación responde a una prioridad clara: apoyar a las familias que deciden formar su proyecto de vida en Rascafría, favorecer el arraigo de los vecinos y contribuir a frenar el descenso de población y el éxodo rural que desde hace años afecta a nuestro municipio.
Con esta actualización, el Ayuntamiento da un paso importante para que la ayuda sea una medida más útil, eficaz y ajustada a las necesidades reales de las familias, convirtiéndola en una herramienta de apoyo directo a la natalidad y al futuro de Rascafría.
En el Pleno extraordinario celebrado el 26 de septiembre de 2025, se acordó actualizar esta ayuda, modificando sus condiciones y estableciendo una ayuda única de 1.300 euros por cada nuevo nacimiento.
Esta medida no solo supone un respaldo económico a las familias, sino también una apuesta decidida por mantener vivo el municipio, reforzar sus servicios, favorecer la permanencia de los vecinos y apoyar a quienes quieren criar a sus hijos en Rascafría.
Será condición indispensable que ambos progenitores y/o tutores legales, o en el caso de familias monoparentales el progenitor o tutor legal, así como el menor, estén empadronados en Rascafría.
Asimismo, los progenitores deberán contar con una antigüedad mínima de 24 meses de empadronamiento en el municipio con anterioridad al nacimiento. La solicitud de la ayuda deberá presentarse en el plazo de 30 días naturales, contados desde el día siguiente al nacimiento.
Los progenitores y el niño beneficiarios de esta ayuda deberán mantenerse empadronados en Rascafría durante los 24 meses posteriores al nacimiento.
En caso de que los beneficiarios abandonen voluntariamente el municipio antes de cumplir dicho periodo, deberán reintegrar el importe íntegro de la ayuda. No obstante, no se exigirá la devolución cuando la marcha del municipio esté motivada por causas justificadas y no voluntarias, tales como la pérdida de empleo o la imposibilidad de disponer de vivienda en Rascafría.
